domingo, 30 de septiembre de 2007

Suprema dice Ejecutivo incurre en ilegalidad

En ese tenor, la SCJ declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad contra una disposición presidencial

SD. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia advirtió que el Poder Ejecutivo violó la Ley 145-06, que eleva a la categoría de municipio la sección de Puñal, de Santiago, con la designación de sus autoridades municipales.

El tribunal fue apoderado de una acción directa en inconstitucionalidad contra el decreto 622-06, que designa a dichas autoridades, incoado por el síndico de Santiago, José Enrique Sued.

Considera que el artículo 28 de la ley expresa que su entrada en vigencia será a partir de que se celebren elecciones, lo que significa que la sección Puñal no adquiriría su nueva categoría sino hasta los comicios en la forma y condiciones dispuestas por los artículos 82 de la Constitución y el referido en la nueva Ley Municipal.

Entiende que al dictar un decreto sin que la ley que crea el municipio haya entrado en vigor ha actuado de manera extemporánea y, por tanto, en desconocimiento de la Ley 145-06.

“Que en consecuencia, en la especie, como se trata de una violación a la ley la incurrida por el Poder Ejecutivo a través del decreto en cuestión, no se está al frente de una situación que demande una acción en inconstitucionalidad sino de pura ilegalidad, cuyo conocimiento y decisión por vía directa, como se ha dicho, escapa a la competencia de esta Corte”.

Por: Federico Méndez

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